Los mitos del debido proceso
- conrumbocierto
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Actualizado: hace 7 minutos

Ahora que está de moda decir, de manera simplista, que el problema de la inseguridad es el debido proceso, es oportuno destacar que las garantías constitucionales ayudan a que las personas no sean víctimas de decisiones arbitrarias por parte de los agentes del Estado.
En síntesis, tener derecho a un juicio justo, en el que cada persona pueda defenderse de manera técnica con presentación de pruebas y la valoración correspondiente por jueces competentes, donde se presuma la inocencia hasta que se pruebe lo contrario, no está opuesto a una verdadera administración de justicia. Pues nada de lo dicho quiere decir que haya carta blanca para delinquir, o no utilizar las medidas correspondientes para asegurar que los presuntos culpables respondan ante la sociedad.
Me inquieta ver qué periodistas deportivos, creadores de contenido y hasta abogados (según lo que dice su hoja de vida) dicen sobre el debido proceso; sin embargo, aquí dejo unos ejemplos donde varias autoridades, entre esas, expresidentes de la República, ministros, jueces, policías y militares, no cumplieron con el debido proceso.
El debido proceso hubiese permitido que Andrés Restrepo, Santiago Restrepo, Ismael Arroyo, Josué Arroyo, Nehemías Arboleda y Steven Medina siguieran vivos y no hubieran sido víctimas de desaparición forzada ni de ejecución extrajudicial.
Un gobernante que hubiese cumplido con el principio de que su poder está en la Constitución y acata con el debido proceso no habría dado lugar al cese arbitrario del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia (Camba Campos y otros vs. Ecuador[1] y Quintana Coello y otros vs. Ecuador[2])
Una fuerza pública que entiende que imputar delitos en rimbombantes operativos , con detenciones arbitrarias y tortura, no brindaba lo sucedido con Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez. vs. Ecuador[3], Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador[4], Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador[5] o Tibi vs. Ecuador[6])
Unas fuerzas armadas que cumplen con el debido proceso no discriminarían ni dieran la baja a uno de sus miembros, por presumir su orientación sexual e identidad de género (Caso Flor Freire vs. Ecuador[7])
Una autoridad judicial que cumple con el debido proceso no va en contra del derecho a la verdad (García Ibarra y otros. Vs. Ecuador[8])
Un presidente y su gobierno que cumplen con el debido proceso respetarían la libertad de expresión y un juicio justo (Palacio Urrutia y Otros vs. Ecuador[9])
Más de 30 sentencias han sido dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Ecuador; en todas, el Estado indemnizó monetariamente (dinero de quienes pagan impuestos) y se comprometió a adoptar medidas de no repetición. Muchas de esas sentencias fueron consecuencia del incumplimiento de las garantías judiciales. El problema no es la Constitución; el problema es que a las autoridades no les gusta cumplirla y crean una ficción inexistente entre el derecho penal y los derechos humanos.
El problema de la inseguridad radica en la impunidad creada por un sistema que vende humo, pero que realmente tiene la corrupción enquistada, por acción y por omisión, de autoridades civiles y uniformadas que, dentro de su competencia, aplican la norma según el estrato del acusado.
Bernardo Soarez
[1] Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso del Tribunal Constitucional (Camba Campos y otros) vs. Ecuador. Sentencia de 28 de agosto de 2013. Serie C No. 268. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2013. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_268_esp.pdf
[2] Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso de la Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello y otros) vs. Ecuador. Sentencia de 23 de agosto de 2013. Serie C No. 266. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2013. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_266_esp.pdf
[3] Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez vs. Ecuador. Sentencia de 21 de noviembre de 2007. Serie C No. 170. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2007. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_170_ing.pdf
[4] Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2007. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_166_ing.pdf
[5] Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Herrera Espinoza y otros vs. Ecuador. Sentencia de 1 de septiembre de 2016. Serie C No. 316. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2016. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_316_esp.pdf
[6] Tibi vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Tibi vs. Ecuador. Sentencia de 7 de septiembre de 2004. Serie C No. 114. San José: Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2004. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_114_ing.pdf
[7] Caso Homero Flor Freire vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Homero Flor Freire vs. Ecuador. Sentencia de 31 de agosto de 2016. Serie C No. 316 (versión en español). Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_316_esp.pdf
[8] Caso García Ibarra y otros vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso García Ibarra y otros vs. Ecuador. Sentencia de 17 de noviembre de 2015. Serie C No. 304 (versión en español). Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_304_esp.pdf
[9] Caso Palacio Urrutia et al. vs. Ecuador: Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso Palacio Urrutia et al. vs. Ecuador. Sentencia de 24 de noviembre de 2021. Serie C No. 446 (versión en inglés). Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_446_ing.pdf




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